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La empresa es la solución. Artículo del Presidente de CEM y CEA. El Economista Andalucía.

30 de marzo de 2020.

A lo largo de los años, desde la Confederación de Empresarios de Andalucía hemos venido argumentando reiteradamente que la empresa era y es la solución a muchos de los grandes problemas con los que convive nuestra sociedad, como la desigualdad y el desempleo.

La actual crisis sanitaria provocada por el Covid-19 va a incrementar, sin duda,  estos problemas generando más desigualdad y desempleo. Es cierto que estamos ante una crisis temporal, aunque desconocemos cuándo finalizará; y también, que es una crisis absolutamente inédita en nuestra historia, por lo que es mucho más lo que vamos a aprender que lo que hayamos podido prever.

En todo caso, sí tenemos algunas certezas que prudentemente conviene tener en consideración:

La primera, que por muy grave que sea la crisis económica, lo más importante e inmediato en estos momentos es la lucha contra la enfermedad. Sólo la victoria sobre la misma nos permitirá recuperar la confianza necesaria para continuar con una economía activa y moderna. La segunda, que es mucho más eficaz mantener la actividad de las empresas que tener que empezar de cero. Y, en tercer lugar, que sólo será posible la recuperación social y económica a través del estímulo de nuestra economía, y por tanto, de nuestras empresas.

Bajo estas ideas, la prioridad inmediata debe ser, como señalábamos antes, la lucha contra la enfermedad y no distraer ningún esfuerzo sobre ello. Una lucha a la que tampoco son ajenas las empresas, y no sólo las sanitarias, que están en primera línea de batalla, sino también tantas otras que están facilitando mecanismos responsables de prevención o un nivel de servicios básicos, como la alimentación, la logística o la prestación farmacéutica, que son esenciales para la convivencia pacífica en estos momentos. Y junto a ello, el ejemplo admirable de solidaridad de grandes, medianas o pequeñas empresas que, como tantos autónomos, se están volcando en ofrecer su ayuda de tantas formas distintas.

La segunda clave que indicaba era tratar de mantener la actividad de las empresas, para lo cual la agilización de la figura de los ERTE resulta positiva y, por supuesto, mucho menos dramática que los ERES extintivos, que las empresas podrían instar masivamente dada no sólo la situación actual, sino las previsiones de futuro.

Un mantenimiento de la actividad que también se logrará facilitando liquidez a las compañías, bien mediante la financiación necesaria o a través de la supresión de costes fiscales y sociales, en muchos casos ahora mismo inasumibles.

Finalmente, la tercera clave será el estímulo a nuestra economía para que las empresas puedan volver a los mercados, generando empleo y actividad económica. Estímulos que hay que comenzar a planificar, porque van a ser realmente importantes: normativos, fiscales y sociales, sobre la convicción de que, ahora más que nunca, la empresa es la solución.

Javier González de Lara y Sarria.

CEA rechaza las medidas laborales adoptadas por el gobierno de España porque criminalizan al empresario y lastrarán la recuperación económica

28 de marzo de 2020

Estas medidas se sustentan en un Monólogo Social que vuelve a menospreciar el legítimo Diálogo Social y agravarán la crisis de las empresas durante el estado de alarma.

Los empresarios andaluces, conocidas las nuevas medidas aprobadas por el Consejo de Ministros en el ámbito laboral, solo pueden calificarlas como DECEPCIONANTES E INOPORTUNAS. Estas medidas impedirán sentar las bases de la necesaria recuperación económica de España, provocarán más desempleo y, lo que es peor, parecen ser adoptadas a espaldas de la realidad que viven los empresarios y autónomos en España por culpa de la pandemia.

Se trata de unas medidas absolutamente desleales con el mundo empresarial que desde un primer momento se ha puesto a disposición del conjunto de la sociedad, con innumerables muestras de solidaridad y compromiso, a pesar de que muchos sectores prácticamente tienen prohibido el ejercicio de su actividad y, aquellos otros que pueden ejercerla están en mínimos de facturación.

Las empresas que en el ámbito laboral se han visto obligadas a tomar medidas, han optado por la suspensión del contrato de trabajo o la reducción de jornada. No se trata de despidos, sino de medidas cuyo impulso se acordó trasladar de forma conjunta por las centrales sindicales mayoritarias, CEOE y CEPYME al inicio de esta crisis y que en parte se incorporó a la normativa elaborada por el Gobierno de España, en concreto el Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

En la exposición de motivos de ese Decreto Ley, expresamente se cita: “es preciso adoptar medidas que proporcionen la necesaria flexibilidad para el ajuste temporal de las empresas con el fin de favorecer el mantenimiento del empleo y reforzar la protección de los trabajadores directamente afectados”. Es el propio Ejecutivo el que a instancia de las organizaciones económicas y sociales más representativas hace una apuesta por la flexibilización, es decir, la suspensión o reducción de jornada, como forma idónea para garantizar el empleo y reforzar la protección de los trabajadores. Días después, sin consultar con las organizaciones empresariales, ha cambiado radicalmente de criterio.

El Gobierno plantea ahora que las medidas aprobadas son temporales, cuando lo que estamos viviendo en este momento no es ya una situación coyuntural, sino que tendrá consecuencias seguramente irreparables para la actividad empresarial.

Dos de esas medidas, la prohibición del despido y la suspensión de los contratos temporales son decepcionantes y hasta cierto punto, perjudiciales para la economía. No tiene sentido plantear que, una vez se normalice la situación, se volverá a activar la temporalidad cuando, en muchos casos no habrá ya actividad y, por lo tanto, no habrá empleo que salvaguardar.

El planteamiento no solo no es realista, es un ataque directo a la figura del empresario, a quien poco menos que se le acusa de querer utilizar un contexto sobrevenido, una crisis sanitaria que está provocando el fallecimiento de miles de personas en España, para despedir a trabajadores.

Es una amenaza más que un aviso, para que la empresa no extinga un contrato temporal cuando la naturaleza de esta relación contractual marca claramente un principio y un fin, con independencia de las circunstancias sobrevenidas. Según se desprende de lo expresado por la ministra de Trabajo, el contrato temporal se deja en suspenso con los perjuicios que ello conlleva para la empresa.

Estas medidas suponen una restricción para el principio Constitucional de Libertad de Empresa, porque no es cierto que en todos los casos la situación sea necesariamente temporal. Hay pedidos y trabajos que se van a perder desgraciadamente. Aunque todos lo deseáramos todos, no se trata de un mero paréntesis de la economía como pretenden hacer creer, obligando además a las empresas a mantener empleos durante seis meses, cuando en muchos casos será muy difícil.

Este no es el camino para seguir, ni mucho menos. Estas decisiones perjudicarán el equilibrio económico y la salud de las cuentas públicas y aumentarán considerablemente el déficit, además de reducir de forma drástica la confianza de los inversores, que son fundamentales para la estabilidad financiera y la recuperación económica de este país. Más aún cuando miles de empresas y autónomos están luchando para evitar el cierre, en un contexto que ya se anuncia de recesión mundial.

El sector empresarial quiere, en una situación de crisis provocada por el COVID-19, sostener la economía y el empleo. No es adecuado plantear más parón de la actividad y no es de recibo que se vuelva a imponer el “Monólogo Social”.

Por otra parte, se hace necesario recordar que hasta la fecha el Gobierno no ha atendido las peticiones que en su momento le realizaron CEOE-CEPYME y CEA, en el ámbito fundamentalmente fiscal. Por ejemplo, qué va a suceder el próximo 31 de marzo, cuando nuestras empresas tengan que afrontar los pagos de las nóminas o de la Seguridad Social e incluso del IVA y el IRPF en el mes de abril. Se han propuesto por los empresarios, medidas para mejorar la financiación y la liquidez, pero con moratorias fiscales imprescindibles.

CEA, como también lo hacen sus organizaciones nacionales CEOE-CEPYME, lamenta que el Gobierno trate de arrojar sospechas y desconfianza sobre el empresariado, cuando se requiere justamente un esfuerzo conjunto y una unidad sin fisuras. Los empresarios andaluces volvemos a pedir responsabilidad y, sobre todo, una forma de hacer política a la altura de las circunstancias, porque sin lugar a duda, habrá un antes y un después de esta crisis.

GUÍAS, INFORMES Y RECOMENDACIONES SOBRE COVID-19

7 de enero

Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID 19. Ministerio de Sanidad. (Puedes pinchar en el enlace para acceder al mismo y te adjuntamos un pdf con indicadores de las modificaciones en amarillo, por si te fuera de utilidad).

Actualización Procedimiento de Actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2. Ministerio de Sanidad. (Puedes pinchar en el enlace para acceder al mismo y te adjuntamos un pdf con indicadores de las modificaciones en amarillo, por si te fuera de utilidad).

13 de octubre

Aspectos básicos sobre la nueva normativa de trabajo a distancia Real Decreto-Ley 28/2020 de 22 de septiembre. CEPYME.

18 de mayo

Guía básica del SEPE con las modificaciones producidas en la tramitación de los ERTEs tras las últimas medidas adoptadas, así como un esquema a modo de resumen de las mismas.

21 de abril

Documentos oficiales y GUIAS orientativas para tramitar ante el SEPE:

Guía básica bajas Erte

Plantilla bajas Erte

Guía básica fin Erte

Plantilla fin Erte

Comunicación elaborada por la Secretaría General de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, en relación con la vuelta a la actividad de las empresas industriales, mineras y energéticas.

Modelo genérico adaptable a la situación propia de cada empresa, de cara a poder elaborar un protocolo de actuación.

Información del SEPE sobre cómo deben las empresas solicitar la prestación por desempleo en nombre de los trabajadores afectado por ERTEs como consecuencia del COVID-19:

31 de marzo

Instrucciones y Mensaje a medios elaborados por el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) para la tramitación de las solicitudes de las prestaciones por desempleo de los trabajadores de las empresas incursas en ERTEs tanto por fuerza mayor como por causas objetivas, al amparo de los arts. 22 y 23 del Real Decreto Ley 8 /2020, de 17 de marzo.

Informe de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) sobre los tratamientos de datos en relación con el COVID-19. La Agencia Española de Protección de Datos ha publicado un informe en el que analiza el tratamiento de datos personales en relación con la situación derivada de la extensión del virus COVID-19. El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) contiene las reglas necesarias para permitir legítimamente tratamientos de datos personales en situaciones en las que existe una emergencia sanitaria de alcance general.

Tramites de extranjería durante la crisis del Covid-19.  La Secretaría de Estado de Migraciones ha hecho una comunicación en la que se recoge información sobre el alcance del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, en relación con la disposición adicional tercera relativa a la suspensión de plazos administrativos.

Información de distintos Ministerios relativa a la actual situación:

Del Ministerio de Industria, Comerio y Turismo:

Consultas y preguntas frecuentes sobre Industria y PYME:

https://www.mincotur.gob.es/es-es/Paginas/Contacto-Industria-Covid19.aspx

Consultas y preguntas frecuentes sobre Comercio:

https://www.mincotur.gob.es/es-es/Paginas/Contacto-Comercio-Covid19.aspx

Consultas y preguntas frecuentes sobre Turismo:

https://www.mincotur.gob.es/es-es/Paginas/Contacto-Turismo-Covid19.aspx

Del Ministerio de Justicia (Abogacía General del Estado):

Informe de la Abogacía General del Estado en el que se contestan cuestiones planteadas sobre la interpretación del RD 463/2020, modificado por el Real Decreto 465/2020.

Del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana:

Preguntas frecuentes sobre transporte y movilidad:

https://www.mitma.gob.es/el-ministerio/plan-de-medidas-para-responder-al-impacto-del-covid-19-en-el-sector-transporte-y-movilidad/faqs/preguntas-mas-frecuentes.

20 de marzo

Guía sobre Medidas Laborales Excepcionales contra el COVID-19 aprobadas por el Real Decreto-Ley 8/2020 elaborada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social.

19 de marzo

Agencia Tributaria.

Preguntas frecuentes sobre el Real Decreto-ley 8/2020 en el ámbito tributario.

La Agencia Tributaria ha publicado un documento con preguntas frecuentes que pretenden aclarar las dudas derivadas de la aplicación en el ámbito tributario del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

Criterio de la Inspección de Trabajo y Seguridad Socialrelativas a situaciones derivadas del nuevo Coronavirus (SARS-CoV-2) con su correspondiente resumen ejecutivo sobre actuación en caso de COVID-19.

18 de marzo

Agencia Tributaria.

Certificados electrónicos de próxima caducidad

En relación con aquellos contribuyentes cuyo certificado electrónico esté caducado o próximo a caducar, se informa que la AEAT permite el uso de los certificados caducados en su SEDE de acuerdo con lo previsto en Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Es posible que su navegador habitual no se lo permita en cuyo caso le recomendamos lo traslade al FireFox donde podrá seguir usándolo.

Si tiene dudas sobre cuestiones técnicas informáticas puede llamar a los siguientes teléfonos: 901 200 347 o 91 757 57 77. +Info

17 de marzo

Seguridad Social.

La Seguridad Social informa que mientras se mantenga la situación generada por el COVID19 y el cierre de la atención presencial en las oficinas de la Seguridad Social puede realizar sus trámites a través de la Sede electrónica y del Registro electrónico.
Si no dispone de un sistema de identificación electrónica, EXCEPCIONALMENTE puede presentar sus escritos y solicitudes a través de los siguientes servicios:

Los plazos de los procedimientos están suspendidos, para evitar perjuicios a los ciudadanos.

16 de marzo

Guía para la actuación en el ámbito laboral en relación al nuevo coronavirus del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Informe de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que avala el tratamiento de datos de salud en relación con el coronavirus sin necesidad de consentimiento del trabajador.

5 de marzo

Guía para la actuación en el ámbito laboral en relación al nuevo CORONAVIRUS. Ministerio de Trabajo y Economía Social

3 de marzo

Criterio 2/2020 sobre consideración como situación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común de los períodos de aislamiento preventivo sufridos por los trabajadores como consecuencia del nuevo coronavirus, denominado SARS-CoV-2.

NOTICIAS SOBRE COVID-19

6 de mayo

Comunicado CEOE.

15 de marzo

Declaración pública del presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, tras la conferencia de presidentes ante la crisis del coronavirus.

Durante la reunión por videoconferencia mantenida a lo largo de la mañana entre el Presidente del Gobierno y los Presidentes de Comunidades Autónomas, en la que se ha tenido la oportunidad de conocer los detalles de las medidas adoptadas por el Gobierno de la Nación que conocimos ayer, en el marco del Estado de Alarma decretado, también ha servido para que el Presidente de la Junta de Andalucía haya podido expresar el punto de vista de Andalucía y qué creemos que se debe hacer en esta lucha contra el coronavirus COVID-19.

Aunque hoy domingo hemos remitido a todas las empresas asociadas una circular informativa con un resumen de las medidas que afectan a las empresas, les recordamos que en CEM estamos a su disposición para cualquier consulta e información.

 

Comunicado de CEOE y CEPYME ante el coronavirus COVID-19.

Los empresarios andaluces muestran su compromiso con la continuidad en el empleo y la actividad productiva

25 de marzo de 2020.

Los ERTE son un mal menor que permiten la reactivación de la actividad y la  continuidad de las empresas.

La presentación de más de 30.000 Expedientes de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) a 24 de marzo, por parte de empresarios y autónomos andaluces, es una medida forzada y, en ocasiones, necesaria con la situación provocada por la crisis sanitaria del coronavirus y demuestra la voluntad del empresariado de facilitar el mantenimiento del empleo y la continuidad de la actividad productiva en Andalucía.

La presentación de un ERTE es una decisión empresarial mucho menos drástica que un ERE de carácter extintivo, pues las empresas están suspendiendo con carácter temporal la relación laboral, siempre por causa de fuerza mayor o reducción drástica de actividad y, por tanto, cuando cesen las causas que han forzado la solicitud del ERTE se retomarán los contratos laborales de las personas trabajadoras.

Las causas de fuerza mayor son evidentes, pues se ha producido en muchos sectores la prohibición del ejercicio de su actividad, y en otros se ha hecho prácticamente inviable la misma, bien por la falta de suministros, bien por la propia falta de demanda.

CEA comparte la situación actual de facilitar la actividad productiva de los distintos sectores que, aún no siendo denominados como esenciales, continúan con el ejercicio de su actividad económica, ya que el impacto económico que supondría una paralización general de la actividad productiva sería de muy difícil recuperación y muchas empresas correrían riesgos de no poder arrancar posteriormente.

Por ello, la Confederación aboga por la continuidad de la actividad de los sectores no obligados a parar su actividad por la declaración de alarma, respetando de manera escrupulosa las medidas de seguridad y salud laboral y adoptando las medidas de precaución oportunas, si bien, es consciente de que muchos de ellos pueden estar también abocados a instar un ERTE por la falta de liquidez derivada de la situación actual.

Casi con toda seguridad estamos ante una crisis de carácter temporal aunque desconocemos su duración y su efecto futuro, que requiere de medidas que faciliten liquidez a las empresas, entre las que se encuentran no sólo la financiación, sino también la supresión de cargas fiscales y sociales que hoy día siguen vigentes, aun cuando las empresas no están pudiendo generar ingresos.

Asimismo, desde la Confederación de Empresarios de Andalucía en el contexto del positivo clima de diálogo que se está manteniendo con la Junta de Andalucía, se va a comenzar a analizar las medidas de promoción económica necesarias para acelerar al máximo la recuperación de nuestra economía en el momento que las circunstancias así lo permitan.

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CEA refuerza sus servicios a las empresas andaluzas con un sistema  de consultas online, que está teniendo una gran respuesta

CEA ha reforzado los servicios que ofrece a las empresas andaluzas mediante un sistema de consultas online ante la crisis sanitaria del coronavirus COVID-19, que está teniendo una gran respuesta por parte de todo tipo de empresas y de los distintos sectores productivos. Este servicio de consulta se está llevando a cabo con la colaboración de sus ocho organizaciones provinciales.

En cuanto a las consultas que están llevando a cabo las empresas en este Servicio de CEA, destacan por su temática aquellas que se refieren a la posibilidad de llevar a cabo un ERTE y su procedimiento; los desplazamiento de trabajadores, la posibilidad de apertura de establecimiento; material de protección; así como ayudas y prestaciones para autónomos.

Desde este servicio se les informa sobre la normativa y las medidas aprobadas, tanto por el Gobierno de la nación como la Junta de Andalucía, y especialmente de aquellas a las que las empresas se puedan acoger ante las restricciones a la actividad económica derivadas del estado de alarma implantado por el Gobierno para combatir la propagación del coronavirus.

Asimismo, se facilita información sobre guías, informes y circulares para hacer frente a la crisis y que están clasificadas por actividades y sectores. También se atienda cualquier otra duda o información de carácter empresarial derivada de esta crisis mediante el apoyo de los departamento técnicos de CEA.

NORMATIVAS SOBRE EL COVID-19

10 de julio

JEFATURA DEL ESTADO

Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia.

25 de junio

JEFATURA DEL ESTADO

Real Decreto Ley 13/2021, de 24 de junio del Gobierno de España, que elimina el uso obligatorio de la mascarilla en la vía pública, pero lo mantiene «en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público»

30 de enero

PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

Decreto del Presidente 4/2021, de 30 de enero, por el que se prorrogan las medidas establecidas en el Decreto del Presidente 2/2021, de 8 de enero, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2.

27 de enero

JEFATURA DEL ESTADO

Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo, por el cual se prorroga hasta el 31 de mayo de 2021 los ERTE basados en causas relacionadas con la COVID 19.

21 de enero

CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

Orden de 21 de enero de 2021, por la que se actualiza el anexo del Decreto del Presidente 2/2021, de 8 de enero, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, incluyendo los municipios que superan los 500 casos de incidencia acumulada por cada 100.000 habitantes en 14 días.

Orden de 21 de enero de 2021, por la que se modifica la Orden de 29 de octubre de 2020, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía, para la contención de la COVID-19.

9 de diciembre

PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

Decreto del Presidente 11/2020, de 9 de diciembre, por el que se prorrogan las medidas establecidas en el Decreto 10/2020, de 23 de noviembre, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.https://www.boe.es/boe/dias/2020/10/14/pdfs/BOE-A-2020-12215.pdf

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA. PATRONATO DE RECAUDACIÓN PROVINCIAL

Anuncio de cobranza Se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados que tendrá lugar la cobranza en periodo voluntario de los Ayuntamientos, conceptos y periodos que se relacionan, en la fecha que igualmente se indica.

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA PATRONATO DE RECAUDACIÓN PROVINCIAL PLANIFICACIÓN

Edicto Exposición pública de la matrícula del impuesto sobre actividades económicas ejercicio 2020.

JUNTA DE ANDALUCÍA. CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CONOCIMIENTO, EMPRESA Y UNIVERSIDAD. DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EMPLEO, FORMACIÓN, TRABAJO AUTONÓMO, ECONOMÍA, CONOCIMIENTO, EMPRESA Y UNIVERSIDAD MÁLAGA.

Modificación del calendario laboral del sector de la Construcción en la provincia de Málaga firmado en la fecha 19 de mayo de 2020.

CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

Orden de 23 de mayo de 2020, por la que se modifica y prorroga la Orden de 14 de mayo de 2020, por la que se adoptan nuevas medidas preventivas de salud pública en la Comunidad Autónoma de Andalucía como consecuencia de la situación y evolución de la pandemia por coronavirus (COVID-19).

AYUNTAMIENTO DE  MÁLAGA

Anuncio Resolución relativa a la ocupación de domino con mesas y sillas, en base a la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo. Área de Gobierno de Comercio, Gestión de la Vía Pública y Fomento de la Actividad Empresarial Área de Comercio y Vía Pública Servicio de Mercados Municipales y Vía Pública.

MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

Resolución de 19 de mayo de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 19 de mayo de 2020, por el que se instruye al Instituto de Crédito Oficial a poner en marcha el cuarto tramo de la línea de avales aprobada por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, y se establece que sus beneficiarios sean las pequeñas y medianas empresas y autónomos afectados por las consecuencias económicas del COVID-19.

8 de mayo

ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CONOCIMIENTO, EMPRESA Y UNIVERSIDAD DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EMPLEO, FORMACIÓN, TRABAJO AUTONÓMO, ECONOMÍA, CONOCIMIENTO, EMPRESA Y UNIVERSIDAD MÁLAGA.

Modificación del calendario laboral del sector de la Construcción en la provincia de Málaga firmado en la fecha 21 de marzo de 2020.

7 de mayo

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.

6 de mayo

JEFATURA DEL ESTADO

Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019.

5 de mayo

MINISTERIO DE HACIENDA

Corrección de errores de la Orden HAC/329/2020, de 6 de abril, por la que se reducen para el período impositivo 2019 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.

CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

Resolución de 23 de abril de 2020, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se modifica el anexo de la Resolución de 13 de diciembre de 2019, por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020.

30 de marzo

CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

Orden de 20 de marzo de 2020, por la que se insta a la adopción de medidas en relación con las actuaciones sanitarias en centros sociosanitarios, cualquiera sea su titularidad y tipología de gestión, en salvaguarda de la salud pública a causa de la pandemia por coronavirus COVID-19.

18 de marzo

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

OBJETO: Normativa aprobada por el Gobierno de España de modificación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

INCIDENCIA EMPRESARIAL: Se reactiva el cómputo de plazos para la Seguridad Social y determinados temas tributarios.

El ejercicio profesional de la actividad de peluquería sólo se permite a domicilio.

JEFATURA DEL ESTADO

Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

OBJETO: Normativa aprobada por el Gobierno de España para hacer frente al impacto económico del Coronavirus

INCIDENCIA EMPRESARIAL: Establece las medidas de ajuste laboral y de promoción de liquidez para afrontar la crisis por el virus Covid-19

OBJETO: Normativa aprobada por el Gobierno de España de modificación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

INCIDENCIA EMPRESARIAL: Se reactiva el cómputo de plazos para la Seguridad Social y determinados temas tributarios.

El ejercicio profesional de la actividad de peluquería sólo se permite a domicilio.

17 de marzo

CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E INTERIOR DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

Decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo, de medidas de apoyo financiero y tributario al sector económico, de agilización de actuaciones administrativas y de medidas de emergencia social, para luchar contra los efectos de la evolución del coronavirus (COVID-19).

OBJETO: Normativa de la Junta de Andalucía para aprobar medidas de avales y liquidez para las empresas, medidas fiscales, de contratación del sector público, reasignación presupuestaria, personal de la Junta de Andalucía y acción social.

INCIDENCIA EMPRESARIAL: Acceso a la financiación, destacando línea de avales de Garàntia SGR; reducción de tasa fiscal de máquinas recreativas y de azar; mantenimiento del pago del precio correspondiente a las nóminas de todo el personal adscrito a un contrato de servicio o concesión, aún cuando no se esté prestando el mismo, siempre que se mantenga el empleo.

15 de marzo

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

Medidas contempladas en el Real Decreto 463/2020 de Estado de Alarma ante crisis Covid-19.

A última hora de la noche de ayer, sábado, se publicó BOE extraordinario con el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, estableciéndose una serie de medidas que afectan a todo el territorio nacional durante un plazo de 15 días naturales desde su publicación.

Aunque hoy domingo hemos remitido a todas las empresas asociadas una circular informativa con un resumen de las medidas que afectan a las empresas, les recordamos que en CEM estamos a su disposición para cualquier consulta e información. Descargar BOE.

14 de marzo

MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

Resolución de 13 de marzo de 2020, de la Dirección General de Transporte Terrestre, por la que se exceptúa temporalmente el cumplimiento de las normas de tiempos de conducción y descanso en los transportes de mercancías.

Esta Resolución viene a exceptuar temporalmente a las operaciones de transporte de mercancías afectadas por estas circunstancias del cumplimiento de las normas establecidas en los artículos 6 a 9 del Reglamento nº 561/2006.

Las excepciones previstas serán de aplicación a las operaciones de transporte de mercancías que hayan transcurrido total o parcialmente por las zonas de riesgo o por las zonas de transmisión comunitaria significativas, dentro del territorio español, que establezca el Ministerio de Sanidad en su página web.

Estas exenciones serán de aplicación desde el día 10 de marzo mientras sigan teniendo tal consideración las zonas afectadas, con un máximo de treinta días.

CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

Orden de 13 de marzo de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la Comunidad de Andalucía como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19).

11 de marzo

JEFATURA DEL ESTADO

Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública.

Entre otras medidas, establece en su artículo quinto, la consideración excepcional como situación asimilada a accidente de trabajo de los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19. «1. Al objeto de proteger la salud pública, se considerarán, con carácter excepcional, situación asimilada a accidente de trabajo, exclusivamente para la prestación económica de incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social, aquellos periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras provocado por el virus COVID-19. 2. En ambos casos la duración de esta prestación excepcional vendrá determinada por el parte de baja por aislamiento y la correspondiente alta. 3. Podrá causar derecho a esta prestación la persona trabajadora por cuenta propia o ajena que se encuentre en la fecha del hecho causante en situación de alta en cualquiera de los regímenes de Seguridad Social. 4. La fecha del hecho causante será la fecha en la que se acuerde el aislamiento o enfermedad del trabajador, sin perjuicio de que el parte de baja se expida con posterioridad a esa fecha.»

CEA valora positivamente las medidas del Gobierno pero considera que aún son insuficientes

18 de marzo de 2019

La Confederación de Empresarios de Andalucía considera que las medidas adoptadas por el Gobierno de España son positivas, si bien entiende que existe un importante margen de mejora en cuestiones concretas como, por ejemplo, la introducción de la figura del silencio positivo en la tramitación de los ERTE, el pago a los proveedores o un mejor tratamiento a pymes y autónomos en relación a las cargas sociales y tributarias a las que están sometidos que deben ser eliminadas o amortiguadas, para garantizar la viabilidad de unas empresas que, en muchos casos, se enfrentan a una total ausencia de ingresos.

La situación excepcional por la que está atravesando el conjunto de la economía requiere también medidas excepcionales, como las aprobadas para dotar de liquidez a las empresas o las que facilitan la autoevaluación en prevención de riesgos laborales, al objeto de impulsar el teletrabajo tal y como expresamente se había solicitado al Gobierno de España. Asimismo también se consideran positivas las medidas para facilitar el cumplimiento de los órganos corporativos, la promoción de la digitalización de la empresa o la suspensión de los plazos tributarios.

Como el Gobierno ha indicado nos encontramos ante un problema de salud de carácter temporal, cuya incidencia en la economía es muy evidente. Por tanto se requiere de la articulación constante de medidas que nos permitan salvar esta situación coyuntural y fortalecernos para un restablecimiento de nuestra economía lo más rápido posible, por lo que estamos convencidos se producirán nuevas medidas que continuarán atendiendo positivamente las demandas sobrevenidas de nuestra economía.

Desde CEA queremos transmitir un mensaje de optimismo y confianza ante la desmesurada situación en la que nos ha situado la extensión de una crisis sanitaria que ha conllevado la declaración del estado de alarma en España.

Las principales instituciones del Estado y sus principales instrumentos, como son las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y los servicios sanitarios (entre los que hay que incluir los de titularidad privada), están demostrando hasta el momento una notable capacidad de control de la situación, garantizando no sólo el orden público, sino una adecuada atención sanitaria, social y vital a la población.

Las organizaciones empresariales, a su vez, estamos total y absolutamente a disposición de dichas autoridades, colaborando con todo lo que se nos pide, analizando las casuísticas oportunas, fortaleciendo nuestra función de representación y defensa de los intereses de los empresarios y autónomos que representamos y del conjunto de la sociedad a la que servimos.

CEA valora positivamente la agilidad de la Junta de Andalucía en la aprobación de medidas para afrontar la parálisis de la actividad económica

17 de marzo de 2020.

La organización empresarial andaluza está a la espera de los acuerdos del Consejo de Ministros en materia laboral y fiscal de hoy.

La Confederación de Empresarios de Andalucía valora muy positivamente la rapidez y determinación de la Junta de Andalucía para poner en marcha medidas para ayudar a la continuidad de las empresas.

En momentos de incertidumbre ya sólo la inmediatez en la toma de decisiones adoptadas por el ejecutivo autonómico es un elemento para el optimismo, porque demuestra que la administración reacciona ágilmente para encontrar soluciones de forma rápida y urgente, tal y como reiteradamente estamos solicitando.

Hasta el momento el diálogo está siendo muy fluido, facilitando que las medidas adoptadas, tanto las anunciadas en el Decreto Ley de medidas de apoyo económico y financiero -pendiente de publicación- , como las que fueron aprobadas en la Orden de 14 de marzo de 2020 sobre medidas preventivas de salud pública, respondan a muchas de las propuestas de las organizaciones y empresas andaluzas.

No obstante, es evidente que aún quedan muchas casuísticas por abordar y que será necesario un esfuerzo aún mayor para relanzar nuestra economía cuando pase toda esta situación crítica. Asimismo, el grueso de las medidas laborales y fiscales son competencia de la Administración Central que confiamos sea también consecuente con las demandas que se vienen realizando desde los distintos sectores empresariales como:

  • Aplazamiento y fraccionamiento de pagos tributarios de manera automática y sin intereses.
  • Agilizar tramitación y contenido de los ERTEs
  • Facilitar la realización del teletrabajo mediante la autoevaluación del riesgo por parte del trabajador
  • Suspender la obligación de pago de las cotizaciones
  • Suspensión de las cotizaciones sociales para los autónomos
  • Abono rápido de facturas a proveedores
  • Línea de avales públicos que facilite el crédito a las empresas

MEDIDAS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

En un contexto de confinamiento y cierre de fronteras es muy difícil promover la actividad. Son sectores muy contados los que pueden ofrecer servicios y productos al mercado.

En todo caso, es un acierto incrementar las ayudas a la digitalización pues es evidente que hoy día es un elemento determinante. No obstante, habrá que ver la letra pequeña del Decreto Ley y ver si estas ayudas tienen o no carácter retroactivo, a efecto de que puedan cubrir las inversiones que se están haciendo en estos momentos para facilitar que los empleados puedan teletrabajar.

Respecto a otras medidas, lo importante es reducir los costes fijos de las actividades que no pueden operar; retrasar o suspender los pagos de impuestos e inyectar liquidez a las empresas. En tal sentido, en el ámbito competencial de la Junta de Andalucía consideramos muy oportunas las medidas adoptadas de:

  • Mantener los contratos y pagos a las empresas contratadas para la prestación de servicio y entrega de bienes a la Junta, siempre que éstas mantengan las relaciones laborales vigentes
  • Aplazar los plazos tributarios
  • Incrementar la liquidez mediante préstamos o avales para que las empresas dispongan de un mínimo de circulante para hacer frente a las obligaciones de pago y el mantenimiento de los empleos
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